capitulo I - De las infracciones
Artículo 84-D
Código Fiscal de la Federación
CFF
codigo
fiscal
Titulo CUARTO - De las Infracciones y Delitos Fiscales › Capitulo I - De las infracciones
Párrafo 1
A quien cometa las infracciones a que se refiere el artículo 84-C de este Código, se impondrá una multa de $560.00 por cada omisión, salvo a los usuarios del sistema financiero, para los cuales será de $1,660.00 por cada una de las mismas.Multa del artículo compilada por resolución miscelánea fiscal DOF 05-01-2022. Actualizada DOF 27-12-2022. Compilada DOF 29-12-2023,
30-12-2024