Titulo CUARTO - De las Infracciones y Delitos Fiscales › Capitulo I - De las infracciones
Párrafo 1
Son infracciones relacionadas con el ejercicio de la facultad de comprobación las siguientes:
Fraccion I
I. Oponerse a que se practique la visita en el domicilio fiscal. No suministrar los datos e informes que legalmente exijan las autoridades fiscales; no proporcionar la contabilidad o parte de ella, el contenido de las cajas de valores y en general, los elementos que se requieran para comprobar el cumplimiento de obligaciones propias o de terceros, o no aportar la documentación requerida por la autoridad conforme a lo señalado en el artículo 53-B de este Código.
Fraccion II
II. No conservar la contabilidad o parte de ella, así como la correspondencia que los visitadores les dejen en depósito.
Fraccion III
III. No suministrar los datos e informes sobre clientes y proveedores que legalmente exijan las autoridades fiscales o no los relacionen con la clave que les corresponda, cuando así lo soliciten dichas autoridades.
Fraccion IV
IV. Divulgar, hacer uso personal o indebido de la información confidencial proporcionada por terceros independientes que afecte su posición competitiva a que se refieren los artículos 46, fracción IV y 48, fracción VII de este Código.
Fraccion V
V. Declarar falsamente que cumplen los requisitos que se señalan en el artículo 70-A de este Código.