capitulo UNICO
Artículo 203
Ley Aduanera
LA
ley
fiscal
Titulo NOVENO - Recursos administrativos › Capitulo UNICO
Párrafo 1
En contra de todas las resoluciones definitivas que dicten las autoridades aduaneras procederá el recurso de revocación establecido en el Código Fiscal de la Federación.Párrafo reformado DOF 30-12-1996
Párrafo 2
La interposición del recurso de revocación será optativa para el interesado antes de acudir al Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa.Párrafo reformado DOF 31-12-2000
Reforma DOF 30-12-1996: Derogó del artículo el entonces último párrafo