capitulo I - Hechos gravados, contribuyentes y responsables
Artículo 59-A
Ley Aduanera
LA
ley
fiscal
Titulo TERCERO - Contribuciones, cuotas compensatorias y demás regulaciones y restricciones no › Capitulo I - Hechos gravados, contribuyentes y responsables
Párrafo 1
Quienes introduzcan o extraigan mercancías del territorio nacional para ser destinadas a un régimen aduanero, están obligados a transmitir mediante documento electrónico a las autoridades aduaneras la información relativa a su valor y, en su caso, demás datos relacionados con su comercialización, antes de su despacho aduanero, en los términos y condiciones que establezca el Servicio de Administración Tributaria mediante reglas, misma que se entenderá por transmitida una vez que se genere el acuse correspondiente que emita el sistema electrónico aduanero. El acuse se deberá declarar en el pedimento, para los efectos del artículo 36 de esta Ley y demás disposiciones aplicables.Artículo adicionado DOF 09-12-2013