capitulo UNICO
Artículo 1000
Ley Federal del Trabajo
LFT
ley
laboral
Titulo DIECISEIS - Responsabilidades y Sanciones › Capitulo UNICO
Párrafo 1
El incumplimiento de las normas relativas a la remuneración de los trabajos, duración de la jornada y descansos, contenidas en un contrato Ley, o en un contrato colectivo de trabajo, se sancionará con multa por el equivalente de 250 a 5000 veces la Unidad de Medida y Actualización.Artículo adicionado DOF 04-01-1980. Reformado DOF 30-11-2012, 01-05-2019