capitulo III - Trabajadores de los buques
Artículo 195
Ley Federal del Trabajo
LFT
ley
laboral
Titulo SEXTO - Trabajos Especiales › Capitulo III - Trabajadores de los buques
Párrafo 1
El escrito a que se refiere el artículo anterior contendrá:
Fraccion I
I. Lugar y fecha de su celebración;
Fraccion II
II. Nombre, nacionalidad, edad, sexo, estado civil, y domicilio del trabajador y del patrón;
Fraccion III
III. Mención del buque o buques a bordo de los cuales se prestarán los servicios;
Fraccion IV
IV. Si se celebra por tiempo determinado, por tiempo indeterminado o por viaje o viajes;
Fraccion V
V. El servicio que deba prestarse, especificándolo con la mayor precisión;
Fraccion VI
VI. La distribución de las horas de jornada;
Fraccion VII
VII. El monto de los salarios;
Fraccion VIII
VIII. El alojamiento y los alimentos que se suministrarán al trabajador;
Fraccion IX
IX. El período anual de vacaciones;
Fraccion X
X. Los derechos y obligaciones del trabajador;
Fraccion XI
XI. El porcentaje que percibirán los trabajadores cuando se trate de dar salvamento a otro buque; y
Fraccion XII
XII. Las demás estipulaciones que convengan las partes.