LFT
ley
laboral
Titulo SEXTO - Trabajos Especiales › Capitulo IX BIS - TRABAJO EN PLATAFORMAS DIGITALES
Artículo 291-S - LFT
Fraccion I
Fraccion III
Fraccion IV
IV. Establecer restricciones de conexión a las personas trabajadoras en plataformas digitales, salvo en los casos que establece el artículo 291-M de esta Ley;