capitulo XII BIS - Teletrabajo
Artículo 330-K
Ley Federal del Trabajo
LFT
ley
laboral
Titulo SEXTO - Trabajos Especiales › Capitulo XII BIS - Teletrabajo
Párrafo 1
Los Inspectores del Trabajo tienen las atribuciones y deberes especiales siguientes:Fraccion I
I. Comprobar que los patrones lleven registro de los insumos entregados a las personas trabajadoras en la modalidad de teletrabajo, en cumplimiento a las obligaciones de seguridad y salud en el trabajo;Fraccion II
II. Vigilar que los salarios no sean inferiores a los que se paguen en la empresa al trabajador presencial con funciones iguales o similares;Fraccion III
III. Constatar el debido cumplimiento de las obligaciones especiales establecidas en el presente Capítulo.Artículo adicionado DOF 11-01-2021