capitulo II - Sindicatos, federaciones y confederaciones
Artículo 384
Ley Federal del Trabajo
LFT
ley
laboral
Titulo SEPTIMO - Relaciones Colectivas de Trabajo › Capitulo II - Sindicatos, federaciones y confederaciones
Párrafo 1
Las federaciones y confederaciones deben registrarse ante la Autoridad Registral.Párrafo reformado DOF 01-05-2019