capitulo UNICO
Artículo 490
Ley Federal del Trabajo
LFT
ley
laboral
Titulo NOVENO - Riesgos de Trabajo › Capitulo UNICO
Párrafo 1
En los casos de falta inexcusable del patrón, la indemnización podrá aumentarse hasta en un veinticinco por ciento, a juicio del Tribunal. Hay falta inexcusable del patrón:Párrafo reformado DOF 01-05-2019
Fraccion I
I. Si no cumple las disposiciones legales, reglamentarias y las contenidas en las normas oficiales mexicanas en materia de seguridad, salud y medio ambiente de trabajo;Fracción reformada DOF 30-11-2012