capitulo UNICO
Artículo 518
Ley Federal del Trabajo
LFT
ley
laboral
Titulo DECIMO - Prescripción › Capitulo UNICO
Párrafo 1
Prescriben en dos meses las acciones de los trabajadores que sean separados del trabajo.Párrafo 2
La prescripción corre a partir del día siguiente a la fecha de la separación.Párrafo 3
Este término se suspenderá a partir de la fecha de presentación de la solicitud de conciliación a que se refiere el artículo 684-B de esta Ley, y se reanudará al día siguiente en que se actualice cualquiera de las hipótesis previstas en el artículo 521, fracción III de esta Ley.Párrafo adicionado DOF 01-05-2019
Párrafo 4
En lo que se refiere al ejercicio de las acciones jurisdiccionales a que se refiere el primer párrafo, se estará a lo previsto en la fracción III del artículo 521 del presente ordenamiento.Párrafo adicionado DOF 01-05-2019