capitulo XII - De la Competencia de los Tribunales
Artículo 610
Ley Federal del Trabajo
LFT
ley
laboral
Titulo ONCE - Autoridades del Trabajo y Servicios Sociales › Capitulo XII - De la Competencia de los Tribunales
Párrafo 1
Durante la tramitación de los juicios y hasta el cierre de su instrucción, el juez a cargo del Tribunal deberá estar presente en el desarrollo de las audiencias. Podrá auxiliarse de un secretario instructor para dictar los acuerdos relativos a la etapa escrita del procedimiento, hasta antes de la audiencia preliminar, quien deberá verificar y, en su caso, certificar que las notificaciones personales se practicaron debidamente.Párrafo reformado DOF 30-11-2012, 01-05-2019
Fraccion I
I. Se deroga.Fracción derogada DOF 01-05-2019
Fraccion II
II. Se deroga.Fracción adicionada DOF 30-11-2012. Derogada DOF 01-05-2019
Fraccion III
III. Se deroga.Fracción recorrida DOF 30-11-2012. Derogada DOF 01-05-2019
Fraccion IV
IV. Se deroga.Fracción reformada y recorrida DOF 30-11-2012. Derogada DOF 01-05-2019
Fraccion V
V. Se deroga.Fracción reformada y recorrida DOF 30-11-2012. Derogada DOF 01-05-2019
Fraccion VI
VI. Se deroga.Fracción reformada y recorrida DOF 30-11-2012. Derogada DOF 01-05-2019