capitulo I - De los procedimientos de designación de representantes de los trabajadores y de los
Artículo 654
Ley Federal del Trabajo
LFT
ley
laboral
Titulo TRECE - Representantes de los Trabajadores y de los Patrones › Capitulo I - De los procedimientos de designación de representantes de los trabajadores y de los
Párrafo 1
Para los efectos de los artículos precedentes, los trabajadores y patrones formarán los padrones siguientes:
Fraccion I
I. Los sindicatos de trabajadores formarán el padrón de sus miembros que satisfagan los requisitos del artículo 652, fracción I, inciso a);
Fraccion II
II. Los trabajadores libres formarán el padrón de los trabajadores que participen en la designación del delegado;
Fraccion III
III. Los sindicatos de patrones formarán los padrones de los trabajadores al servicio de sus miembros; y
Fraccion IV
IV. Los patrones independientes formarán los padrones de sus trabajadores.