capitulo III - Del Procedimiento para la Selección de Conciliadores
Artículo 684-M
Ley Federal del Trabajo
LFT
ley
laboral
Titulo TRECE BIS › Capitulo III - Del Procedimiento para la Selección de Conciliadores
Párrafo 1
El procedimiento de selección de los conciliadores deberá garantizar que los aspirantes cuenten con las destrezas, habilidades y competencias siguientes:Inciso a
a) Conocimientos generales de derecho y específicos en materia laboral;Inciso b
b) Análisis y resolución de controversias;Inciso c
c) Gestión del conflicto, yInciso d
d) Aptitudes en la función conciliatoria.Artículo adicionado DOF 01-05-2019