capitulo II - De la Capacidad, Personalidad y Legitimación
Artículo 689
Ley Federal del Trabajo
LFT
ley
laboral
Titulo CATORCE - Derecho Procesal del Trabajo › Capitulo II - De la Capacidad, Personalidad y Legitimación
Párrafo 1
Son partes en el proceso del trabajo, las personas físicas o morales que acrediten su interés jurídico en el proceso y ejerciten acciones u opongan excepciones.Artículo reformado DOF 04-01-1980, 30-11-2012