capitulo II - De la Capacidad, Personalidad y Legitimación
Artículo 696
Ley Federal del Trabajo
LFT
ley
laboral
Titulo CATORCE - Derecho Procesal del Trabajo › Capitulo II - De la Capacidad, Personalidad y Legitimación
Párrafo 1
El poder que otorgue el trabajador para ser representado en juicio, se entenderá conferido para demandar todas las prestaciones principales y accesorias que correspondan, aunque no se exprese en el mismo.Artículo reformado DOF 04-01-1980