capitulo III - De las Competencias
Artículo 703
Ley Federal del Trabajo
LFT
ley
laboral
Titulo CATORCE - Derecho Procesal del Trabajo › Capitulo III - De las Competencias
Párrafo 1
Las cuestiones de competencia, en materia de trabajo, sólo pueden promoverse por declinatoria.Párrafo 2
La declinatoria podrá oponerse hasta la audiencia preliminar, acompañando los elementos en que se funde; en ese momento, el Tribunal después de oír a las partes y recibir las pruebas que estime convenientes, las que deberán referirse exclusivamente a la cuestión de incompetencia, dictará en el acto resolución.Párrafo reformado DOF 01-05-2019
Artículo reformado DOF 04-01-1980