capitulo XI - De la Continuación del Proceso y de la Caducidad
Artículo 774
Ley Federal del Trabajo
LFT
ley
laboral
Titulo CATORCE - Derecho Procesal del Trabajo › Capitulo XI - De la Continuación del Proceso y de la Caducidad
Párrafo 1
En caso de muerte del trabajador, mientras tanto comparecen a juicio sus beneficiarios, el Tribunal hará la solicitud al Procurador de la Defensa del Trabajo, en los términos y para los efectos a que se refiere el artículo 772 de esta Ley.Artículo reformado DOF 04-01-1980, 01-05-2019