capitulo XII - De las Pruebas
Artículo 784
Ley Federal del Trabajo
LFT
ley
laboral
Titulo CATORCE - Derecho Procesal del Trabajo › Capitulo XII - De las Pruebas
Párrafo 1
El Tribunal eximirá de la carga de la prueba al trabajador, cuando por otros medios esté en posibilidad de llegar al conocimiento de los hechos, y para tal efecto a petición del trabajador o de considerarlo necesario requerirá al patrón para que exhiba los documentos que, de acuerdo con las leyes, tiene la obligación legal de conservar en la empresa, bajo el apercibimiento de que, de no presentarlos, se presumirán ciertos los hechos alegados por el trabajador. En todo caso, corresponderá al patrón probar su dicho cuando exista controversia sobre:Párrafo reformado DOF 01-05-2019
Fraccion I
I. Fecha de ingreso del trabajador;Fraccion II
II. Antigüedad del trabajador;Fraccion III
III. Faltas de asistencia del trabajador;Fraccion IV
IV. Causa de rescisión de la relación de trabajo;Fraccion V
V. Terminación de la relación o contrato de trabajo para obra o tiempo determinado, en los términos de los artículos 37, fracción I, y 53, fracción III, de esta Ley;Fracción reformada DOF 30-11-2012
Fraccion VI
VI. Constancia de haber dado por escrito al trabajador o al Tribunal de la fecha y la causa del despido.Párrafo 8
La negativa lisa y llana del despido, no revierte la carga de la prueba.Párrafo 9
Asimismo, la negativa del despido y el ofrecimiento del empleo hecho al trabajador, no exime al patrón de probar su dicho;Fracción reformada DOF 30-11-2012, 01-05-2019
Fraccion VII
VII. El contrato de trabajo;Fraccion VIII
VIII. Jornada de trabajo ordinaria y extraordinaria, cuando ésta no exceda de nueve horas semanales;Fracción reformada DOF 30-11-2012
Fraccion IX
IX. Pagos de días de descanso y obligatorios, así como del aguinaldo;Fracción reformada DOF 30-11-2012
Fraccion X
X. Disfrute y pago de las vacaciones;Fraccion XI
XI. Pago de las primas dominical, vacacional y de antigüedad;Fraccion XII
XII. Monto y pago del salario;Fraccion XIII
XIII. Pago de la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas; yFraccion XIV
XIV. Incorporación y aportaciones al Instituto Mexicano del Seguro Social; al Fondo Nacional de la Vivienda y al Sistema de Ahorro para el Retiro.Fracción reformada DOF 30-11-2012
Párrafo 18
La pérdida o destrucción de los documentos señalados en este artículo, por caso fortuito o fuerza mayor, no releva al patrón de probar su dicho por otros medios.Párrafo adicionado DOF 30-11-2012
Artículo reformado DOF 04-01-1980