capitulo XIX - Procedimientos de los Conflictos Colectivos de Naturaleza Económica
Artículo 911
Ley Federal del Trabajo
LFT
ley
laboral
Titulo CATORCE - Derecho Procesal del Trabajo › Capitulo XIX - Procedimientos de los Conflictos Colectivos de Naturaleza Económica
Párrafo 1
El dictamen de los peritos se agregará al expediente y se entregará una copia a cada una de las partes.Párrafo 2
El Secretario asentará razón en autos del día y hora en que hizo entrega de las copias a las partes, o de la negativa de éstas para recibirlas.Artículo adicionado DOF 04-01-1980