LM LeyesMX
Ley Federal del Trabajo
titulo CATORCE — Derecho Procesal del Trabajo
capitulo XX — Procedimiento de Huelga
920
Artículo 921
921 Bis

LFT

ley

laboral

Titulo CATORCE - Derecho Procesal del Trabajo › Capitulo XX - Procedimiento de Huelga

Párrafo 1
El Tribunal o las autoridades mencionadas en la fracción II del artículo anterior, bajo su más estricta responsabilidad harán llegar al patrón la copia del escrito de emplazamiento dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la de su recibo.

Párrafo reformado DOF 01-05-2019

Párrafo 2
La notificación producirá el efecto de constituir al patrón, por todo el término del aviso, en depositario de la empresa o establecimiento afectado por la huelga, con las atribuciones y responsabilidades inherentes al cargo.
Párrafo 3
A petición de parte, los Tribunales, dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a que le sea solicitado, expedirán la certificación de la existencia o no de un emplazamiento a huelga promovido contra un centro de trabajo.

Párrafo adicionado DOF 01-05-2019

Artículo adicionado DOF 04-01-1980

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