LFT
ley
laboral
Titulo CATORCE - Derecho Procesal del Trabajo › Capitulo XX - Procedimiento de Huelga
Párrafo 1
El Tribunal o las autoridades mencionadas en la fracción II del artículo anterior, bajo su más estricta responsabilidad harán llegar al patrón la copia del escrito de emplazamiento dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la de su recibo.
Párrafo reformado DOF 01-05-2019
Párrafo 2
Párrafo 3
A petición de parte, los Tribunales, dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a que le sea solicitado, expedirán la certificación de la existencia o no de un emplazamiento a huelga promovido contra un centro de trabajo.
Párrafo adicionado DOF 01-05-2019
Artículo adicionado DOF 04-01-1980