capitulo I - Disposiciones Generales
Artículo 5o-C
Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios
LIEPS
ley
fiscal
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Párrafo 1
Para los efectos de esta Ley, se considera que se cobran efectivamente las contraprestaciones correspondientes a los actos o actividades gravadas, cuando se realicen los supuestos que para tal efecto se establecen en la Ley del Impuesto al Valor Agregado.Artículo adicionado DOF 27-11-2009