capitulo I - De los Ingresos y el Endeudamiento Público
Artículo 6
Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2026
LIF
ley
fiscal
Titulo PRELIMINAR › Capitulo I - De los Ingresos y el Endeudamiento Público
Párrafo 1
Se autoriza para la Ciudad de México la contratación y ejercicio de créditos, empréstitos y otras formas de crédito público para un endeudamiento neto de 3 mil 500 millones de pesos para el financiamiento de obras contempladas en el Presupuesto de Egresos de la Ciudad de México para el Ejercicio Fiscal 2026. Asimismo, se autoriza la contratación y ejercicio de créditos, empréstitos y otras formas de crédito público para realizar operaciones de canje, refinanciamiento o reestructura de la deuda pública de la Ciudad de México.
Párrafo 2
El ejercicio del monto de endeudamiento autorizado se sujetará a lo dispuesto en la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios.