seccion III - Atención Médica Preventiva
Artículo 34
Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado
LISSSTE
ley
laboral
Titulo SEGUNDO - DEL RÉGIMEN OBLIGATORIO › Capitulo II - SEGURO DE SALUD › Seccion III - Atención Médica Preventiva
Párrafo 1
La atención médica preventiva, conforme a los programas que autorice el Instituto sobre la materia, atenderá:
Fraccion I
I. El control de enfermedades prevenibles por vacunación;
Fraccion II
II. El control de enfermedades transmisibles;
Fraccion III
III. Los programas de autocuidado y de detección oportuna de padecimientos;
Fraccion IV
IV. Educación para la salud;
Fraccion V
V. Programas de combate a la drogadicción, el alcoholismo y el tabaquismo;
Fraccion VI
VI. Salud reproductiva y planificación familiar;
Fraccion VII
VII. Atención materno infantil;
Fraccion VIII
VIII. Salud bucal;
Fraccion IX
IX. Educación nutricional;
Fraccion X
X. Salud mental;
Fraccion XI
XI. Atención primaria a la salud;
Fraccion XII
XII. Envejecimiento saludable;
Fraccion XIII
XIII. Prevención y rehabilitación de pacientes con capacidades disminuidas, y
Fraccion XIV
XIV. Las demás actividades que determine como tales la Junta Directiva de acuerdo con las posibilidades financieras del seguro de salud.