capitulo X - DE LA SEGURIDAD SOCIAL EN EL CAMPO
Artículo 237
Ley del Seguro Social
LSS
ley
laboral
Titulo SEGUNDO - DEL REGIMEN OBLIGATORIO › Capitulo X - DE LA SEGURIDAD SOCIAL EN EL CAMPO
Párrafo 1
Las personas trabajadoras asalariadas, permanentes y temporales en actividades del campo, se comprenden en el artículo 12, fracción I, de esta Ley y accederán a la seguridad social en los términos y formas que establezca la misma, conforme a las modalidades que para el efecto establezcan los reglamentos que correspondan.Artículo reformado DOF 20-12-2001, 24-01-2024