capitulo II - DE LAS INFRACCIONES Y SANCIONES
Artículo 304
Ley del Seguro Social
LSS
ley
laboral
Titulo SEXTO - DE LAS RESPONSABILIDADES, INFRACCIONES, SANCIONES Y DELITOS › Capitulo II - DE LAS INFRACCIONES Y SANCIONES
Párrafo 1
Cuando los patrones y demás sujetos obligados realicen actos u omisiones, que impliquen el incumplimiento del pago de los conceptos fiscales que establece el artículo 287, serán sancionados con multa del cuarenta al cien por ciento del concepto omitido.Artículo reformado DOF 20-12-2001