capitulo III - DEL SEGURO DE RIESGOS DE TRABAJO
Artículo 82
Ley del Seguro Social
LSS
ley
laboral
Titulo SEGUNDO - DEL REGIMEN OBLIGATORIO › Capitulo III - DEL SEGURO DE RIESGOS DE TRABAJO
Párrafo 1
El Instituto llevará a cabo las investigaciones que estime convenientes sobre riesgos de trabajo y sugerirá a los patrones las técnicas y prácticas convenientes a efecto de prevenir la realización de dichos riesgos.Párrafo 2
El Instituto podrá verificar el establecimiento de programas o acciones preventivas de riesgos de trabajo en aquellas empresas que por la siniestralidad registrada, puedan disminuir el monto de la prima de este seguro.Párrafo reformado DOF 20-12-2001