capitulo I - DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 86
Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización
RACERF
reglamento
laboral
Titulo TERCERO - INCORPORACIÓN VOLUNTARIA AL RÉGIMEN OBLIGATORIO › Capitulo I - DISPOSICIONES GENERALES
Párrafo 1
En caso de invalidez o muerte del asegurado durante el periodo de aseguramiento cubierto, el Instituto acreditará las semanas pagadas por dicho periodo, para los efectos legales que procedan.
Párrafo 2
De haberse pagado la renovación del aseguramiento y la invalidez o la muerte ocurrieran antes de que se inicie la vigencia del nuevo periodo, el asegurado o sus familiares podrán optar por la devolución del importe de la renovación o por el acreditamiento del periodo pagado para todos los efectos legales.