capitulo V - Del Pago a Plazos
Artículo 67
Reglamento del Código Fiscal de la Federación
RCFF
reglamento
fiscal
Titulo III - De las Facultades de las Autoridades Fiscales › Capitulo V - Del Pago a Plazos
Párrafo 1
Para los efectos del artículo 66, tercer párrafo del Código, al momento de presentar la solicitud de autorización no se pagará el 20% del monto total del crédito fiscal a que hace referencia el artículo 66, primer párrafo, fracción II del Código, por lo que no le será aplicable la disminución establecida en el artículo 66-A, fracciones I, primer párrafo y II, primer párrafo del Código.
Párrafo 2
La Autoridad Fiscal podrá autorizar un plazo menor al solicitado por el contribuyente en su solicitud de pago a plazos en parcialidades en términos del tercer párrafo del artículo 66 del Código, derivado del análisis del caso en particular.