Titulo III - Del Régimen de las Personas Morales con Fines no Lucrativos › Capitulo UNICO
Párrafo 1
Las personas morales y fideicomisos autorizados para recibir donativos deducibles en el extranjero, cuando en el ejercicio obtengan donativos, deberán elaborar y mantener a disposición del público durante un periodo de tres años contados a partir del ejercicio siguiente al que corresponda, lo siguiente:
Fraccion I
I. Un estado de posición financiera en el que se asienten sus activos, pasivos y capital al cierre del ejercicio, y
Fraccion II
II. Una relación de los administradores y empleados que hubieren recibido ingresos de la donataria autorizada en cantidad superior a $295,000.00, por concepto de salarios, honorarios, compensaciones o cualquier otro.