capitulo 12.1 - De los residentes en el extranjero que proporcionen servicios digitales
Artículo 12.1.9
Resolución Miscelánea Fiscal
RMF
resolucion
fiscal
Titulo 12 - De la prestación de servicios digitales › Capitulo 12.1 - De los residentes en el extranjero que proporcionen servicios digitales
Referencias legales
LIVA 18-D, LIEPS 2o., 20-A, RMF 12.1.8.
LIVA 18-D LIEPS 2o. 20-A RMF 12.1.8.
Párrafo 1
Para los efectos de los artículos 18-D, párrafos primero, fracción III y penúltimo de la Ley del IVA, 2o., fracción II, inciso B), segundo párrafo y 20-A, primer párrafo, fracción III, inciso c) de la Ley del IEPS, los sujetos a que se refieren las citadas disposiciones, presentarán la información señalada en dichos preceptos conjuntamente con la “Declaración de pago del Impuesto al Valor Agregado, por la prestación de servicios digitales” a que se refiere el artículo 18-D, primer párrafo, fracción IV de la Ley del IVA y la “Declaración de pago del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, por la prestación de servicios digitales" a que se refiere el citado artículo 20-A, fracción III, inciso d) de la Ley del IEPS, según sea el caso, y la regla 12.1.8.