capitulo 12.3 - De las personas físicas y morales que enajenan bienes, prestan
Artículo 12.3.3
Resolución Miscelánea Fiscal
RMF
resolucion
fiscal
Titulo 12 - De la prestación de servicios digitales › Capitulo 12.3 - De las personas físicas y morales que enajenan bienes, prestan
Referencias legales
LISR 113-B, LIVA 18-L, 18-M
LISR 113-B LIVA 18-L 18-M
Párrafo 1
Para los efectos de los artículos 113-B, segundo párrafo, inciso d) de la Ley del ISR, 18-L y 18-M, tercer párrafo, fracción V de la Ley del IVA, las personas físicas que enajenen bienes, presten servicios, concedan hospedaje o el uso o goce temporal de bienes, a través de plataformas tecnológicas, aplicaciones informáticas y similares, que hayan optado por considerar como pagos definitivos las retenciones del ISR e IVA que les efectúen los sujetos a que se refieren las citadas disposiciones que presten servicios digitales de intermediación entre terceros, deberán presentar un aviso, de conformidad con lo señalado en la ficha de trámite 4/PLT “Aviso para ejercer la opción de considerar como pagos definitivos las retenciones del IVA e ISR”, contenida en el Anexo 2.