capitulo 2.13 - Del procedimiento administrativo de ejecución
Artículo 2.13.13
Resolución Miscelánea Fiscal
RMF
resolucion
fiscal
Titulo 2 - Código Fiscal de la Federación › Capitulo 2.13 - Del procedimiento administrativo de ejecución
Referencias legales
RCFF 110, RMF 2.13.2., 2.13.8.
RCFF 110 RMF 2.13.2. 2.13.8.
Párrafo 1
Para los efectos del artículo 110 del Reglamento del CFF, procederá la enajenación a plazos de los bienes embargados en los siguientes supuestos:
Fraccion I
I. Cuando el embargado proponga comprador en venta fuera de remate, y
Fraccion II
II. Se trate de bienes de fácil descomposición o deterioro, o de materiales inflamables, siempre que en la localidad no se puedan guardar o depositar en lugares apropiados para su conservación.
Párrafo 4
Las autoridades fiscales, podrán autorizar el pago a plazos de los bienes embargados, sin que dicho plazo exceda de doce meses para bienes inmuebles y de seis meses para muebles, bienes de fácil descomposición o deterioro o de materiales inflamables, siempre que el importe a parcializar sea igual o superior a $100,000.00 (cien mil pesos 00/100 M.N.).