Titulo 2 - Código Fiscal de la Federación › Capitulo 2.3 - Devoluciones y compensaciones
Referencias legales
CFF 22, 22-B
CFF 22 22-B
Párrafo 1
Para los efectos de los artículos 22, séptimo párrafo y 22-B del CFF, el número de cuenta bancaria activa para transferencias electrónicas debidamente integrado de conformidad con las disposiciones del Banco de México que deberá proporcionarse en el FED, disponible en el Portal SAT, será la CLABE a 18 dígitos proporcionada por las instituciones de crédito participantes en el Sistema de Pagos Electrónicos Interbancarios (SPEI) que administra el Banco de México.