Titulo 2 - Código Fiscal de la Federación › Capitulo 2.4 - De la inscripción en el RFC
Referencias legales
CFF 27, RMF 2.4.6., 2.4.12.
CFF 27 RMF 2.4.6. 2.4.12.
Párrafo 1
Para los efectos del artículo 27, apartado C, fracción III del CFF, los contribuyentes que deban realizar el proceso de inscripción a que se refieren las reglas 2.4.6. y 2.4.12., podrán validar previamente si las personas físicas cuentan con su clave en el RFC a través de su CURP, a fin de corroborar que ya se encuentran inscritas en dicho registro, de conformidad con la ficha de trámite 10/CFF “Solicitud de validación de la clave en el RFC a través de la CURP”, contenida en el Anexo 2.