capitulo 2.7 - De los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet o Factura
Artículo 2.7.4.4
Resolución Miscelánea Fiscal
RMF
resolucion
fiscal
Titulo 2 - Código Fiscal de la Federación › Capitulo 2.7 - De los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet o Factura
Referencias legales
CFF 29, 29 Bis, 29-A
CFF 29 29 Bis 29-A
Párrafo 1
Para los efectos de los artículos 29, penúltimo párrafo, en relación con el segundo párrafo, fracción V del mismo artículo y 29 Bis del CFF, las representaciones impresas del CFDI del sector primario emitidas por el PCGCFDISP, además de cumplir con los requisitos señalados en el artículo 29-A, fracciones I y III a IX del CFF deberán contener lo siguiente:
Fraccion I
I. La cadena original con la que se generó el sello digital.
Fraccion II
II. El sello digital generado a partir del CESD del PCGCFDISP que generó el comprobante.
Fraccion III
III. El número de serie del CESD del PCGCFDISP.
Fraccion IV
IV. La leyenda: “Este documento es una representación impresa de un CFDI del sector primario”.
Fraccion V
V. La fecha, hora, minuto y segundo de expedición.
Fraccion VI
VI. El área para plasmar la firma autógrafa o huella digital del productor con la leyenda “Acepto de total conformidad y bajo protesta de decir verdad que los datos asentados son verídicos”.
Fraccion VII
VII. El código de barras bidimensional generado conforme a las especificaciones técnicas que se establecen en el rubro I.D. del Anexo 20.