capitulo 2.7 - De los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet o Factura
Artículo 2.7.6.2
Resolución Miscelánea Fiscal
RMF
resolucion
fiscal
Titulo 2 - Código Fiscal de la Federación › Capitulo 2.7 - De los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet o Factura
Referencias legales
CFF 28, LISR 28, RMF 2.7.6.1., 2.7.6.3., 2.7.6.4.
CFF 28 LISR 28 RMF 2.7.6.1. 2.7.6.3. 2.7.6.4.
Párrafo 1
Para los efectos del artículo 28, fracción XV de la Ley del ISR, se considerará como gasto para efectos del ISR, el IVA que pudiera ser acreditable en términos de la Ley del IVA, ello en virtud de que las retenciones del IVA se realizan por la totalidad del impuesto, sin acreditamiento alguno de conformidad con las reglas 2.7.6.3. y 2.7.6.4.
Párrafo 2
Las personas físicas por cuya cuenta y orden realicen cobros las personas morales a que se refiere el primer párrafo de la regla 2.7.6.1., estarán obligadas a presentar su declaración del ISR del ejercicio, acumulando todos sus ingresos. Asimismo, estarán relevadas de llevar contabilidad, siempre y cuando sus ingresos provengan únicamente de cantidades cobradas a través de las personas morales a que se refiere esta sección.
Párrafo 3
Se releva a las personas físicas por cuya cuenta y orden realicen cobros las personas morales a que se refiere esta sección, de cumplir con la obligación de presentar la información mensual de operaciones con terceros a cargo de personas físicas, solicitada en la DIOT, contenida en el Anexo 1, así como de la declaración informativa de clientes y proveedores.