capitulo 3.10 - Del régimen de las personas morales con fines no lucrativos
Artículo 3.10.1.23
Resolución Miscelánea Fiscal
RMF
resolucion
fiscal
Titulo 3 - Impuesto sobre la renta › Capitulo 3.10 - Del régimen de las personas morales con fines no lucrativos
Referencias legales
LISR 82, 82-Bis, RMF 3.10.1.12.
LISR 82 82-Bis RMF 3.10.1.12.
Párrafo 1
Para los efectos de los artículos 82, fracción V, segundo párrafo y 82-Bis de la Ley del ISR, las organizaciones civiles y fideicomisos cuya autorización para recibir donativos deducibles del ISR hubiera sido revocada, cancelada o que haya perdido vigencia, y la misma no se recupere dentro de los doce meses siguientes a la fecha en que ocurran dichos eventos, deberán presentar la información relativa a la transmisión de su patrimonio a otra donataria autorizada, a través del programa electrónico a que se refiere la ficha de trámite 21/ISR “Declaración informativa para garantizar la transparencia del patrimonio, así como el uso y destino de los donativos recibidos y actividades destinadas a influir en la legislación”, contenida en el Anexo 2.
Párrafo 2
Cuando la autorización para recibir donativos deducibles haya concluido su vigencia o hubiera sido revocada en el ejercicio fiscal 2020 o anteriores y no se hubiera recuperado la misma dentro de los doce meses posteriores, la organización civil o fideicomiso deberá proporcionar la información relativa a la transmisión de los donativos recibidos que no fueron destinados al cumplimiento de su objeto social, a otra donataria autorizada, al momento de solicitar la nueva autorización para recibir donativos deducibles conforme a la ficha 19/ISR “Solicitud de autorización para recibir donativos deducibles, así como aplicar dichos donativos recibidos en actividades adicionales”, contenida en el Anexo 2.