capitulo 3.15 - De los ingresos por enajenación de bienes
Artículo 3.15.14
Resolución Miscelánea Fiscal
RMF
resolucion
fiscal
Titulo 3 - Impuesto sobre la renta › Capitulo 3.15 - De los ingresos por enajenación de bienes
Referencias legales
LISR 27, 147, RLISR 42, 242
LISR 27 147 RLISR 42 242
Párrafo 1
Para los efectos de los artículos 27, fracción III, tercer párrafo y 147, fracción IV, tercer párrafo de la Ley del ISR, así como 42 y 242 de su Reglamento, las personas físicas o morales que realicen erogaciones que se efectúen en poblaciones o zonas rurales, sin servicios financieros deberán solicitar la autorización correspondiente para quedar relevados de la obligación de realizar tales erogaciones a través de transferencias electrónicas, cheque nominativo, tarjeta o monedero electrónico en los términos señalados en la ficha de trámite 51/ISR “Solicitud de autorización y aviso para la liberación de la obligación de pagar erogaciones con transferencia electrónica, cheque nominativo, tarjeta o monedero electrónico”, contenida en el Anexo 2.
Párrafo 2
Las personas físicas o morales que realicen erogaciones en poblaciones o zonas rurales, sin servicios financieros incluidas en el listado publicado en el Portal del SAT, quedarán relevadas de solicitar la autorización a que se refiere esta regla, siempre que presenten el aviso que se indica en la ficha de trámite mencionada en el párrafo anterior.