Párrafo 1
Para los efectos de los artículos 224, fracción XIII de la Ley del ISR vigente hasta 2013 o 188, fracción XI de la Ley del ISR vigente, los fideicomitentes personas físicas y morales que hubieren diferido el pago del ISR correspondiente a la aportación de bienes inmuebles a un fideicomiso al que se le dé el tratamiento fiscal establecido en los artículos 224 de la Ley del ISR vigente hasta 2013 o 188 de la Ley del ISR vigente, y que no hayan efectuado la enajenación de los certificados originales recibidos por su aportación o de los citados inmuebles, podrán optar por pagar anticipadamente el ISR que corresponda, de conformidad con lo siguiente:
Fraccion I
I. El fideicomitente deberá efectuar el pago del impuesto correspondiente a través del “Servicio de Declaraciones y Pagos”, seleccionando “ISR enajenación de bienes”.
Fraccion II
II. El fideicomitente presentará de manera conjunta el aviso en términos de la ficha 72/ISR “Aviso del ejercicio de la opción del anticipo del ISR diferido por la aportación de bienes inmuebles a un fideicomiso dedicado a la adquisición o construcción de inmuebles”, contenida en el Anexo 2, para informar a la autoridad que opta por la facilidad señalada en la presente regla.
Fraccion III
III. La actualización a que se refieren los artículos 224, fracción XIII, primer y quinto párrafos de la Ley del ISR vigente hasta 2013 o 188, fracción XI, primer y quinto párrafos, se realizará por el periodo comprendido desde el mes de la aportación de los bienes al fideicomiso hasta el mes en que se efectúe el pago.
Fraccion IV
IV. Para la determinación de la ganancia obtenida en la enajenación por la aportación de los bienes inmuebles al fideicomiso, los fideicomitentes estarán a lo señalado por los artículos 224, fracción XIII, tercer párrafo de la Ley del ISR vigente hasta 2013 o 188, fracción XI, tercer párrafo de la Ley del ISR.
Fraccion V
V. Para la determinación del costo comprobado de adquisición de los inmuebles aportados al fideicomiso, los fideicomitentes estarán a lo establecido por los artículos 224, fracción XIII, tercer párrafo de la Ley del ISR vigente hasta 2013 o 188, fracción XI, tercer párrafo de la Ley del ISR.
Párrafo 7
El pago del impuesto que efectúen los fideicomitentes de conformidad con lo señalado en los artículos 224, fracción XIII de la Ley del ISR vigente hasta 2013 o 188, fracción XI de la citada
Párrafo 8
compensación, acreditamiento o saldo a favor alguno.