capitulo 3.6 - Del Régimen opcional para grupos de sociedades
Artículo 3.6.5
Resolución Miscelánea Fiscal
RMF
resolucion
fiscal
Titulo 3 - Impuesto sobre la renta › Capitulo 3.6 - Del Régimen opcional para grupos de sociedades
Referencias legales
LISR 69
LISR 69
Párrafo 1
Para los efectos del artículo 69 de la Ley del ISR, el aviso deberá ser presentado por la sociedad integradora mediante la forma oficial 92 “AVISO PARA DEJAR DE TRIBUTAR EN EL RÉGIMEN OPCIONAL PARA GRUPOS DE SOCIEDADES”, contenida en el Anexo 1, de conformidad con la ficha de trámite 18/ISR “Aviso de desincorporación del Régimen Opcional para Grupos de Sociedades cuando la integradora ya no pueda ser considerada como tal o deje de cumplir con requisitos para serlo”, contenida en el Anexo 2.