Titulo 4 - Impuesto al valor agregado › Capitulo 4.2 - De la enajenación
Referencias legales
LIVA 12, RLIVA 27
LIVA 12 RLIVA 27
Párrafo 1
Para los efectos del artículo 12 de la Ley del IVA y 27, fracción I de su Reglamento, también se considera cumplido el requisito a que se refiere dicha fracción cuando los pagos se realicen mediante transferencia electrónica de fondos desde cuentas abiertas a nombre del adquirente en instituciones que componen el sistema financiero y las entidades que para tal efecto autorice el Banco de México, a cuentas abiertas a nombre del enajenante.