capitulo 5.2 - De las obligaciones de los contribuyentes
Artículo 5.2.36
Resolución Miscelánea Fiscal
RMF
resolucion
fiscal
Titulo 5 - Impuesto especial sobre producción y servicios › Capitulo 5.2 - De las obligaciones de los contribuyentes
Referencias legales
LIEPS 20, RMF 5.2.35.
LIEPS 20 RMF 5.2.35.
Párrafo 1
Para los efectos de la regla 5.2.35., los Proveedores de Servicio Autorizado a que se refiere dicha regla, son los que el SAT autorizó a través de la AGJ en su momento.
Párrafo 2
Para la renovación de la vigencia de las autorizaciones conferidas a los Proveedores de Servicio Autorizado, bastará con que presenten en el mes de octubre de cada año, a través de buzón tributario el aviso de conformidad con la ficha 16/IEPS “Aviso de renovación de la autorización y exhibición de la garantía para operar como Proveedor de Servicio Autorizado (PSA) para juegos con apuestas y sorteos”, contenida en el Anexo 2, en el que bajo protesta de decir verdad, declare que sigue reuniendo los requisitos para ser Proveedor de Servicio Autorizado, con la certificación emitida por el Órgano Certificador autorizado por el SAT y exhiban la fianza mediante la cual garanticen al SAT el pago para resarcir el daño causado de manera directa o indirecta por el incumplimiento de sus obligaciones, en los términos que al efecto se señalen en el Anexo 17, apartado I.