capitulo 3.10 - Del régimen de las personas morales con fines no lucrativos
Artículo 3.10.1.17
Resolución Miscelánea Fiscal
RMF
resolucion
fiscal
Titulo 3 - Impuesto sobre la renta › Capitulo 3.10 - Del régimen de las personas morales con fines no lucrativos
Referencias legales
LISR 82, 82-Quáter, RMF 2.5.12., 3.10.1.12.
LISR 82 82-Quáter RMF 2.5.12. 3.10.1.12.
Párrafo 1
Para los efectos del artículo 82-Quater, apartado A, fracción III de la Ley del ISR, el SAT podrá verificar el cumplimiento de las obligaciones fiscales a cargo de las donatarias autorizadas, establecidas en las disposiciones fiscales, con base en la información con la que cuente en sus expedientes, la obtenida de los sistemas institucionales o la que proporcionen otras autoridades, entre otras, las relacionadas con lo siguiente:
Fraccion I
I. Avisos al RFC conforme a la regla 2.5.12.
Fraccion II
II. Presentación de las declaraciones informativas o de retenciones a las que se encuentren sujetos, en materia de ISR, IVA o IEPS, según corresponda.
Fraccion III
III. Expedición y obtención de comprobantes fiscales conforme al artículo 86, fracción II de la Ley del ISR y artículos 29 y 29-A del CFF.
Fraccion IV
IV. La obligación de llevar contabilidad en términos del artículo 28 del CFF y 33 del Reglamento del CFF.
Fraccion V
V. Las establecidas en el artículo 82 de la Ley del ISR.
Fraccion VI
VI. Obligaciones derivadas de la autorización para recibir donativos del extranjero conforme a los artículos 129 y 136 del Reglamento de la Ley del ISR.
Fraccion VII
VII. Destino del patrimonio conforme al artículo 138 del Reglamento de la Ley del ISR.
Fraccion VIII
VIII. Correcto llenado de la Declaración Informativa a que se refiere la regla 3.10.1.12.
Párrafo 10
Para los efectos del párrafo anterior, la autoridad facultada para iniciar el procedimiento de revocación a que se refiere el artículo 82-Quáter de la Ley del ISR, solicitará a las unidades administrativas competentes del SAT, la información que resulte necesaria para verificar el cumplimiento de las obligaciones fiscales a cargo de las donatarias autorizadas.