capitulo 3.10 - Del régimen de las personas morales con fines no lucrativos
Artículo 3.10.1.18
Resolución Miscelánea Fiscal
RMF
resolucion
fiscal
Titulo 3 - Impuesto sobre la renta › Capitulo 3.10 - Del régimen de las personas morales con fines no lucrativos
Referencias legales
LISR 82, 82-Quáter, CFF 11, RMF 3.10.1.12.
LISR 82 82-Quáter CFF 11 RMF 3.10.1.12.
Párrafo 1
Para los efectos de los artículos 82, fracción V, tercer y último párrafo y 82-Quáter de la Ley del ISR, en los casos de cancelación o revocación de la autorización para recibir donativos deducibles, el SAT procederá a realizar la actualización del régimen fiscal y obligaciones de las organizaciones civiles y fideicomisos que hayan sido canceladas o revocadas de acuerdo a las disposiciones fiscales vigentes, a partir del día siguiente a aquel en que surta efectos la notificación del oficio de revocación o cancelación respectivo.
Párrafo 2
A partir de la fecha de actualización, las organizaciones civiles y fideicomisos que hayan sido canceladas o revocadas deberán cumplir con las obligaciones que les correspondan conforme al Título II de la Ley del ISR, lo que no las exime del cumplimiento de las obligaciones fiscales que tengan pendientes con motivo de la autorización.
Párrafo 3
Las organizaciones civiles y fideicomisos que no hubieran recuperado su autorización para recibir donativos deducibles del ISR, por el mismo ejercicio fiscal en el que fueron revocadas o canceladas, no quedan relevadas de cumplir con la obligación de presentar la declaración informativa de transparencia a que se refiere la regla 3.10.1.12., respecto del período del ejercicio en el que contaron con la citada autorización.