capitulo 3.13 - Del Régimen Simplificado de Confianza
Artículo 3.13.18
Resolución Miscelánea Fiscal
RMF
resolucion
fiscal
Titulo 3 - Impuesto sobre la renta › Capitulo 3.13 - Del Régimen Simplificado de Confianza
Referencias legales
LISR 113-E, 113-F, LIVA 5o.
LISR 113-E 113-F LIVA 5o.
Párrafo 1
Para los efectos del artículo 5o., fracción I de la Ley del IVA, en relación con el artículo 113- E, quinto párrafo de la Ley del ISR, los contribuyentes podrán acreditar el IVA que corresponda derivado de la realización de sus actividades empresariales, profesionales o del otorgamiento del uso o goce temporal de bienes, siempre y cuando, el gasto sea deducible para efectos del ISR, con independencia de que dicho gasto no pueda ser aplicado en la determinación del pago mensual, ni en la declaración anual del ISR a que se refieren los artículos 113-E y 113-F de la Ley del ISR, cuando les corresponda presentarla.
Párrafo 2
Tratándose de contribuyentes que se encuentren exentos del pago del ISR, en los términos del noveno párrafo del mencionado artículo 113-E, procederá el acreditamiento del IVA, que corresponda siempre que se pague el impuesto correspondiente por los ingresos que se consideran exentos.