capitulo 3.13 - Del Régimen Simplificado de Confianza
Artículo 3.13.22
Resolución Miscelánea Fiscal
RMF
resolucion
fiscal
Titulo 3 - Impuesto sobre la renta › Capitulo 3.13 - Del Régimen Simplificado de Confianza
Referencias legales
LISR 113-E, CFF 27
LISR 113-E CFF 27
Párrafo 1
Para los efectos de los artículos 27, apartado C, fracción V del CFF y 113-E de la Ley del ISR, la autoridad fiscal verificará que los contribuyentes que opten por tributar en el régimen establecido en el Título IV, Capítulo II, Sección IV de la referida Ley, cumplen con los requisitos establecidos en dicho régimen.
Párrafo 2
En caso de que los citados contribuyentes no se ubiquen en los supuestos para tributar en el Régimen Simplificado de Confianza, la autoridad podrá actualizar sus obligaciones fiscales para ubicarlos en el régimen de los ingresos por actividades empresariales y profesionales o de los ingresos por arrendamiento y en general por otorgar el uso o goce temporal de bienes inmuebles, basándose en la información que obre en su poder.