capitulo 9.4 - Copa Mundial de la Federación Internacional de Fútbol Asociación (FIFA)
Artículo 9.4.2
Resolución Miscelánea Fiscal
RMF
resolucion
fiscal
Titulo 9 - Ley de Ingresos de la Federación › Capitulo 9.4 - Copa Mundial de la Federación Internacional de Fútbol Asociación (FIFA)
Referencias legales
LIF Vigésimo Quinto Transitorio
LIF Vigésimo Quinto Transitorio
Párrafo 1
Para los efectos del Vigésimo Quinto transitorio, segundo, tercer y sexto párrafos de la LIF y la regla 9.4.1., la Sociedad de la CMF 2026 presentará, dentro de los primeros cinco días hábiles del mes de que se trate, escrito libre dirigido a la Administración General de Planeación, de conformidad con la ficha de trámite 12/LIF “Copa Mundial de la Federación Internacional de Fútbol Asociación (FIFA) 2026”, contenida en el Anexo 2, proporcionando la información siguiente:
Fraccion VII
VII. Para efectos de la fracción III de esta regla, adicionalmente se deberá proporcionar la información de cualquier Evento relacionado con la Competencia, especificando la relación que guarda con la misma.
Párrafo 3
Dentro de los diez días hábiles posteriores a la presentación del escrito libre, la autoridad fiscal competente, podrá requerir información o documentación adicional a la Sociedad de la CMF 2026, otorgándole un plazo de cinco días hábiles, contados a partir de la fecha en que surta efectos la notificación para su presentación. Transcurrido dicho plazo sin que la Sociedad de la CMF 2026 proporcione la información o documentación solicitada, se tendrá por no presentado el escrito libre, dejando a salvo el derecho de dicha Sociedad para presentarlo nuevamente.
Párrafo 4
La información relativa al último cuatrimestre del ejercicio fiscal de 2025, se presentará conjuntamente con la que corresponda al mes en que entre en vigor esta regla, identificada por mes.