Titulo 2 - Código Fiscal de la Federación › Capitulo 2.5 - De los avisos en el RFC
Referencias legales
CFF 27, LIVA 15, RCFF 29, 30
CFF 27 LIVA 15 RCFF 29 30
Párrafo 1
Para los efectos del artículo 27 del CFF, los contribuyentes que estén obligados al pago del IVA por la prestación del servicio público de transporte terrestre de pasajeros, distinto al establecido en el artículo 15, fracción V de la Ley del IVA deberán manifestar en su solicitud de inscripción, o en caso de estar inscritos en el RFC, en su aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones, la actividad económica de “Transporte terrestre foráneo de pasajeros”, dentro de los plazos establecidos en el artículo 29, penúltimo párrafo del Reglamento del CFF.