RMF
resolucion
fiscal
Titulo 3 - Impuesto sobre la renta › Capitulo 3.5 - De las Instituciones de Crédito y de Seguros y Fianzas, Almacenes
Referencias legales
LISR 54, 55, 87, 88, 89, 135
LISR 54 55 87 88 89 135
Párrafo 1
Para los efectos de los artículos 54, 55, 87, 88, 89 y 135 de la Ley del ISR, los fondos de inversión que dividan su capital variable en varias clases y series de acciones con derechos y obligaciones especiales para cada una de ellas, retendrán el ISR diario a que se refiere el artículo 87, sexto párrafo de la Ley citada, por los intereses gravados que se devenguen y correspondan a sus integrantes o accionistas, aplicando al final de cada día el siguiente procedimiento:
Fraccion I
Fraccion II
Fraccion III
Fraccion IV
Fraccion V
Fraccion VI
Fraccion VII
Fraccion VIII
Fraccion X
Fraccion XI
Fraccion XII
Párrafo 14
Párrafo 15
Conforme al artículo 87, quinto párrafo de la Ley del ISR, los fondos de inversión no efectuarán la retención a que se refiere el artículo 54, primer párrafo de la misma Ley, tratándose de intereses que se devenguen a su favor y que correspondan a sus integrantes o accionistas, siempre que estos se ubiquen en alguno de los supuestos establecidos en el artículo 54, segundo párrafo de la Ley del ISR.